Personas de 70 años o más, en situación de vulnerabilidad social y sin beneficios previsionales.
Menores o mayores de edad con discapacidad física o psíquica permanente, con una disminución del 66 % o más.
Niñas, niños y adolescentes de hasta 16 años sin padres o en situación de abandono. La pensión se otorga a la persona adulta con guarda judicial.
La Pensión RUPE (Régimen Único de Pensiones Especiales) es una ayuda económica mensual otorgada por la Provincia de Tierra del Fuego para acompañar a personas que no pueden acceder a un sistema previsional y se encuentran en situación de vulnerabilidad social.
Su objetivo es garantizar condiciones mínimas de bienestar, inclusión social y acceso a derechos fundamentales.
Presentar una solicitud escrita
Acreditar 15 años de residencia en el país. En el caso de solicitantes menores de edad, dicho requisito deberá ser cumplido por sus progenitores o tutores legales.
No percibir jubilaciones, pensiones ni retiros de ningún sistema.
No realizar actividad laboral remunerada
No contar con ingresos ni bienes, excepto vivienda única de uso familiar
No tener familiares legalmente obligados a brindar alimentos o que no se encuentren en condiciones de hacerlo.
Presentar una solicitud escrita. – Tener en el país durante al menos 15 años, y si no nacieron en la provincia: residencia mínima de 5 años en Tierra del Fuego.
Para continuar con la pensión, es importante que la persona beneficiaria mantenga actualizada y vigente la documentación requerida, según su categoría. Si la Documentación no se presenta o n o se actualiza en tiempo y forma, el pago de la pensión puede suspenderse de manera temporal y, si la situación no se regulariza, el beneficio puede darse de baja.
Las personas beneficiarias que no tengan obra social ni cubertura medica acceden a la atención a través de la Obra Social de la Provincia.
Para ello el beneficiario deberá solicitarlo mediante la presentación de una declaración jurada en que certifique no contar con obra social ni servicio de salud privado, ya sea en forma personal o a través de terceros legalmente obligados a brindarla.
En todos los casos será requisito indispensable contar con la certificación negativa de obra social de ambos progenitores.
Las personas beneficiarias que no tengan obra social ni cobertura médica acceden a la atención a través de la Obra Social de la Provincia.
Para ello el beneficiario deberá solicitarlo mediante la presentación de una declaración jurada en la que certifique no contar con obra social ni servicio de salud privado, ya sea en forma personal o a través de terceros legalmente obligados a brindarla.
En todos los casos será requisito indispensable contar con la certificación negativa de obra social de ambos progenitores.
Gobernador Paz N° 2360 y el Centro de Rehabilitación de Onachaga N° 146 – 1° Piso
Teléfono: 2901-588449
Correo electrónico: http://documentación.rupe.ush@gmail.com
Kuanip N° 1395
Telefono: 2901-530202
Rupatini N° 655
Teléfono: 2964-359945
Piedrabuena N° 1560
Teléfono: 2964-470197
Correo electrónico: secnayfamilia@gmail.com
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