Matrimonios

¿Dónde se inicia el trámite?

Delegaciones del Registro Civil Ushuaia, Tolhuin, Río Grande. (Hipervínculo a delegaciones)

Costo:

Gratuito, salvo que se opte por celebrar el matrimonio fuera del edifico público, en domicilio particular en día y hora hábil, en día hábil hora inhábil y en día inhábil hora inhábil, en cuyo caso deberán los contrayentes abonar el arancel previsto a tal fin.  

Arancel para la celebración de matrimonio fuera del edficio público:

Celebración de matrimonio en la sede del Registro Civil en un día hábil y hora inhábil; en domicilio particular en día y hora hábil; en domicilio particular en día hábil y hora inhábil y en domicilio particular en día y hora inhábil su costo y forma de pago es a través de la pagina web http://www.aref.gob.aref

¿Qué necesito?

✔️DNI / Cédula de Identidad / Pasaportes de los contrayentes solteros mayores de edad.  Al menos uno de los contrayentes deberá tener domicilio en la ciudad que pretende contraer matrimonio.

✔️Dos testigos mayores de 18 años con DNI.

✔️ En caso de pretender celebrar el matrimonio fuera del edificio público, nota dirigida a la Dirección de Coordinación del Registro Civil de Ushuaia, Tolhuin y Río Grande, solicitando autorización en función de lo previsto en la ley N° 432. Acompañando el comprobante de pago de la tasa correspondiente.

✔️Si alguno de los contrayentes estuviese divorciado, deberá justificar su estado civil con el acta de matrimonio anterior con la debida nota marginal de la disolución del vínculo. 

✔️En caso de contrayentes viudos, deberá acompañar partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge, ambas certificadas por oficial público.

✔️En caso de contrayentes turistas extranjeros o con permiso transitorio en el país, deberán presentar pasaporte con visa vigente (visa y/o movimiento migratorio a través de la página oficial de migraciones).

IMPORTANTE

Si la edad de los/las contrayentes  es de 16 y/o 17  años: Además de los requisitos de inciso anterior, deberán contar con partida de nacimiento y la autorización de representantes legales (progenitores/as, tutores). A falta de dicha autorización podrán celebrar el matrimonio previas dispensa judicial.

Si la edad de los/as contrayentes es menor a 16 años: Además de los requisitos del Inciso anterior, deberán contar con partida de nacimiento, deberán indispensablemente contar con dispensa judicial. Asimismo, el día de la celebración del matrimonio los contrayentes deberán concurrir con sus representantes legales y testigos, según la celebración del matrimonio sea en el edificio público (2) o fuera de él (4). Todos deberán presentar el último ejemplar del documento nacional de identidad.

RÉGIMEN PATRIMONAL DEL MATRIMONIO

✔️Las partes deben decidir si optan por “Régimen de Comunidad” o “Régimen de separación de bienes”.

✔️La opción de alguno de los dos regímenes patrimoniales del matrimonio podrá ser realizada en el acta matrimonial hasta el momento de celebración del matrimonio. 

✔️Cualquier modificación posterior al régimen patrimonial seleccionado, deberá ser efectuada por escritura pública y acompañar testimonio de la misma para su registración en el acta de matrimonio.