La Secretaría de Ciencia y Tecnología entregó kits de robótica a escuelas rurales
13 de marzo de 2020CORONAVIRUS: el Gobernador Melella participará de una teleconferencia con el presidente de la nación y todos los gobernadores del país
13 de marzo de 2020A raíz de las medidas preventivas dictadas por el Ministerio de Salud de la Nación en relación al Coronavirus y siguiendo los lineamientos del Comité Operativo de Emergencia de la Provincia, la Secretaría de Deportes y Juventud determinó las siguientes acciones que alcanzará a las Instituciones Públicas y Privadas que desarrollen actividades deportivas y de juventud en el territorio Provincial.
Por parte de la Secretaría de Deportes y Juventud, se suspenden todas las actividades propias e institucionales que se desarrollen dentro de sus espacios y las que están a su cargo.
Respecto a los gimnasios privados las actividades son sin espectadores. Y aquellas actividades con turnos consecutivos deberán tener un intervalo mínimo de 15 minutos entre un turno y el siguiente.
La cantidad de personas en cada actividad queda limitada:
Hasta 400 metros cuadrados un máximo de 10 personas, con un mínimo de 1,50 metros a la redonda entre una persona y otra.
Hasta 800 metros cuadrados un máximo de 20 personas, con un mínimo de 1,50 metros a la redonda entre una persona y otra.
Los usuarios deberán higienizarse durante el contacto con cada equipamiento y elementos deportivos durante el uso de los mismos.
Estas indicaciones se anexan a las establecidas en lo comunicado por el Comité Operativo de Emergencia.
Las indicaciones quedan sujetas a modificaciones de acuerdo a los hechos de público y notorio conocimiento, a las disposiciones de las Autoridades Sanitarias, a las del Comité Operativo de Emergencia, y al Gobierno de la Provincia.
Ante el incumplimiento de lo indicado precedentemente se dará intervención al Comité Operativo de Emergencia o en su caso a las autoridades que ostenten el poder de policía.
Por parte de la Secretaría de Deportes y Juventud, se suspenden todas las actividades propias e institucionales que se desarrollen dentro de sus espacios y las que están a su cargo.
Respecto a los gimnasios privados las actividades son sin espectadores. Y aquellas actividades con turnos consecutivos deberán tener un intervalo mínimo de 15 minutos entre un turno y el siguiente.
La cantidad de personas en cada actividad queda limitada:
Hasta 400 metros cuadrados un máximo de 10 personas, con un mínimo de 1,50 metros a la redonda entre una persona y otra.
Hasta 800 metros cuadrados un máximo de 20 personas, con un mínimo de 1,50 metros a la redonda entre una persona y otra.
Los usuarios deberán higienizarse durante el contacto con cada equipamiento y elementos deportivos durante el uso de los mismos.
Estas indicaciones se anexan a las establecidas en lo comunicado por el Comité Operativo de Emergencia.
Las indicaciones quedan sujetas a modificaciones de acuerdo a los hechos de público y notorio conocimiento, a las disposiciones de las Autoridades Sanitarias, a las del Comité Operativo de Emergencia, y al Gobierno de la Provincia.
Ante el incumplimiento de lo indicado precedentemente se dará intervención al Comité Operativo de Emergencia o en su caso a las autoridades que ostenten el poder de policía.